Provincia
de Buenos Aires
Salas
de Extracción
Buenos Aires generó una resolución de casi veinte páginas que todavía está a la firma, de la misma a continuación presentamos algunos puntos:
Se puede solicitar la inscripción de la sala acompañada por un plan de obras, situación en la que se puede permanecer hasta dos años. Luego de transcurrido este periodo hay que pasar a la categoría de registrada.
Si está en condiciones y no necesita un plan de obras se puede solicitar directamente ésta categoría.
Al iniciar el tramite hay que abonar el arancel de acuerdo al volumen que se proyecta trabajar según la siguiente escala.
* Salas de extracción inscriptas o registradas, los cánones son:
1) Hasta 15.000 Kg. anuales de extracción: $ 50
2) Desde 15.001 a 30.000 Kg. anuales de extracción: $ 100
3) Mas de 30.000 Kg. anuales de extracción: $ 150
Nota de Solicitud: Dirigida a la Dirección Provincial de Ganadería de la Prov. De Bs. As.
Inspecciona y Registra : Provincia de Buenos Aires.
El arancel es único, ya sea que se inicie el tramite como inscripta o como registrada.
Para la categoría de Habilitada habrá que dirigirse indistintamente a SENASA o a la Dirección provincial de Ganadería de la provincia de Buenos Aires.
Inspecciona: Provincia de Bs. As.
Habilita: SENASA
Canon de habilitación: $ 200
*
Establecimientos de acopio y depósito:
Nota de solicitud: Dirigida a la Dirección Provincial de Ganadería de la Prov. De Bs. As.
Inspecciona y Habilita: Provincia de Buenos Aires
Los cánones son:
1) Establecimiento Acopiador: $ 150
2) Establecimiento de Deposito: $ 50
*
Establecimientos Fraccionador de Productos Apícolas:
Nota de solicitud: Primera instancia al Ministerio de Agricultura, Ganadería y alimentación: Dirección Provincial de Ganadería. Una vez aprobado por este todo el tramite, en la segunda instancia se debe requerir solicitud de habilitación al Ministerio de Salud de la Prov. De Bs. As.: Dirección de Fiscalización Sanitaria.
Inspecciona en primera instancia: Dirección de Ganadería
Inspecciona en segunda instancia: Dirección de Fiscalización Sanitaria.
Canon de registro:
1) Ministerio de Agricultura y Ganadería: $ 50
2) Ministerio de Salud: El canon es variable en función de distancias a la capital provincial y módulos por el tamaño del establecimiento.
Todo tramite iniciado en la provincia se le debe adicionar un sellado de $ 4.40
Puntos que verificara la provincia en las salas a registrar