Salas de Extracción
Nuevas normativas
El 2 de agosto se reunió el Consejo Nacional de Apicultura en la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos. Dentro del temario a tratar el principal punto se centró en la Resolución 353/02, referente a las salas de extracción de miel y se acordó que el 31 de Agosto vence el plazo para extraer en salas de categoría inscriptas.
El propietario de una sala de extracción inscripta para seguir funcionando deberá acercarse al responsable apícola de su provincia, o a su oficina local de SENASA para entregar toda la documentación requerida para cumplir con la resolución vigente. Presentando dicha información queda autorizado para seguir funcionando, el organismo correspondiente le otorgará la nueva identificación como sala registrada. Motivo por lo cual usted será visitado por un inspector perteneciente al Gobierno Provincial junto a quien diseñará el cronograma de obra para su sala de extracción, todo esto antes del 31 de Agosto 2007.
Los tambores podrá comercializarlos sin problema hasta el 31 de agosto de 2007 siempre y cuando la extracción se haya realizado antes del 31 de agosto de 2006.
DOCUMENTACION A PRESENTAR:
Al presentar la documentación se le otorgará el número de registro de las salas correspondiente de manera automática. Luego podrá recibir la inspección correspondiente de manera inmediata o en un plazo máximo que llegara al 31 de agosto de 2007.
El plazo de obra para la ejecución del cronograma de obra será para la zona limpia, seis meses, y el resto de los locales (zona intermedia y zona sucia) dos años.